
Derecho de sociedades y empresas
Derecho de sociedades: establecimiento y estructuración de sociedades
Antes de iniciar una actividad comercial debe tomarse la decisión de la forma jurídica adecuada. No existe una forma jurídica que sea igualmente adecuada para todos los fines. Sin embargo, en la mayoría de los casos se pueden encontrar soluciones optimizadas para todas las empresas. Muy a menudo la cuestión es si una sociedad o una corporación es la elección correcta; también es decisivo si la empresa debe ser dirigida por una o más personas. Redactaremos una escritura de constitución individual y adecuada para usted y nos encargaremos de la necesaria inscripción de la empresa en el registro mercantil.
En caso de que la decisión original no resulte apropiada en una fecha posterior, por ejemplo porque las circunstancias cambien, una conversión y reestructuración es, por supuesto, posible en una fecha posterior. Le asistiremos, por ejemplo, en la admisión de un nuevo socio (por ejemplo, mediante la venta de acciones o medidas de capital, o incluso mediante la creación de un fideicomiso) y en la aplicación de medidas en virtud de la Ley de Transformación alemana (Umwandlungsgesetz), como fusiones, escisiones o cambios de forma jurídica – también en casos internacionales.
Remuneración internacional
La notaría también le asesora y acompaña en todas las cuestiones jurídicas relativas a asuntos internacionales o transfronterizos. Esto se aplica en particular a todas las cuestiones de derecho internacional de sociedades (por ejemplo, en el caso de fusiones transfronterizas).
Si lo desea, podemos obtener apostillas y legalización de las autoridades pertinentes.
Leyes de asociaciones y asociaciones
Muchas personas organizan su tiempo de ocio junto con otras en asociaciones; el voluntariado es una piedra angular de la cohesión social. Aunque «no se trata de dinero», a veces surgen cuestiones jurídicas difíciles. Le ayudamos a inscribir su nueva asociación en el registro de asociaciones. También estamos a su disposición para posteriores cambios en los estatutos o en los miembros de la junta, así como para la terminación y liquidación.