
Problema:
La ley de adopción alemana está regulada en el BGB en los §§ 1741 y siguientes. Las adopciones no son posibles libremente según la voluntad de las partes implicadas, sino sólo bajo ciertas condiciones (§ 1741, párrafo 1 del BGB: Promoción del interés superior del niño; relación esperada entre padres e hijos). Esto también se aplica a la adopción de adultos (§ 1767.1 del Código Civil). Sin embargo, además de estas condiciones previas (probablemente comprensibles en general), el artículo 1741.2 del Código Civil contiene una restricción importante: una persona que no esté casada sólo puede adoptar un niño solo; sólo un cónyuge puede adoptar un niño de su cónyuge solo. Según la ley, la adopción por parte del padrastro o madrastra daría lugar a la terminación de la relación con el otro progenitor.
Ejemplo: Si el padrastro soltero quería adoptar al hijo de su compañero de vida, una adopción resultaría en que el hijo ya no fuera el hijo de su compañero de vida cuando la adopción se hiciera efectiva. Por supuesto que esto no se quiere.
En realidad, esos obstáculos dan lugar a problemas: Aunque el padrastro y el niño pueden haber vivido juntos durante muchos años, no habría ninguna relación jurídica especial entre el padrastro y el niño – por ejemplo, ningún derecho legal de herencia y ningún derecho a una porción obligatoria – después de una separación del padrastro y la madre natural. En la ley del impuesto sobre la herencia (§ 15 ErbStG) los hijastros son tratados en gran medida de la misma manera que los hijos naturales. Sin embargo, sólo los hijos del otro cónyuge se consideran «hijastros».
Decisión:
El Tribunal Constitucional Federal considera que esta exclusión categórica de la ley es inconstitucional. El principio general de igualdad, artículo 3.1 de la Ley Fundamental, se viola porque los niños de familias de hijastros ilegítimos están injustamente desfavorecidos.
El propósito de la ley es permitir la adopción de hijastros sólo cuando la cohabitación promete estabilidad. Si un padre y un padrastro o madrastra se separan antes de que se haya establecido una relación sostenible entre el padrastro o la madrastra y el niño, éste quedará vinculado al padrastro o a la madrastra como resultado de la adopción, incluso después de la separación. Según la ley, la anulación de una adopción sólo es posible en situaciones excepcionales y, por lo tanto, no podría resolver este problema. El Tribunal Constitucional Federal también considera legítimo este objetivo del legislador.
Sin embargo, la ley no permite actualmente examinar el caso individual. El criterio de estabilidad en virtud de la ley actual es el matrimonio únicamente; no se permiten otros factores e indicadores. Las familias estables de hijastros no matrimoniales no tienen la oportunidad de demostrar con éxito la estabilidad de su familia en el procedimiento de adopción.
Se pidió al legislador que enmendara la ley antes del 31 de marzo de 2020. Se deben suspender los procedimientos de adopción que tengan por objeto lograr la adopción de un hijastro sin que se ponga fin a la relación con el progenitor existente.
Nota práctica:
Por supuesto, la decisión tiene un gran significado e impacto. Queda por ver cómo reaccionará el legislador. Ahora debe encontrar criterios para determinar la estabilidad de una sociedad no marital. Algunos criterios para ello ya se encuentran en el § 7.3 No. 3 c) del Libro II del Código Social Alemán (determinación de una comunidad de conveniencia para personas no casadas). El § 7.3a de esta ley también contiene presunciones sobre cuándo se asume una «voluntad mutua de asumir la responsabilidad del otro». Sin embargo, esto es inicialmente sólo una consideración mía. Queda por ver si algunos de estos criterios pueden ser adoptados también por el poder legislativo en caso de adopción. Sin embargo, parece muy probable que el legislador exija en cualquier caso un período mínimo de convivencia, porque al menos eso es un indicador de estabilidad. Sin embargo, también puede ocurrir de manera diferente en el procedimiento legislativo…
Es cuestión de sopesar si se debe solicitar la adopción ahora o esperar a la nueva normativa legal. Ciertamente no todas las sociedades no matrimoniales se verán favorecidas. Pero en cualquier caso, si se requiere prisa y la relación se considera estable según el juicio humano, se puede recomendar una acción rápida.
Estamos a su disposición para una consulta individual.